Ley Nro. 9238 - SANCIÓN Nº 9238-SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LAS EVALUACIONES TÉCNICAS DE LA LEY Nº 6561

EmisorMINISTERIO GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
Fecha de la disposición22 de Julio de 2020

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

ART. 1

Suspéndase en forma excepcional y temporal, desde el 13 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020, el transcurso del plazo de validez de las evaluaciones técnicas, a las que se refiere el Art. 4º inc. 3, a. a), 7º párrafo, de la Ley 6.561.

ART. 2

Las evaluaciones técnicas mencionadas en el artículo anterior, extenderán su vigencia por única vez, debiéndose tener en cuenta para la reanudación, a partir del l de enero del 2021, del cómputo del plazo de vencimiento correspondiente a cada una de ellas, la suspensión establecida en la presente Ley.

ART. 3

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veinte.

MARIO ENRIQUE ABED

LIC. ANDRÉS LOMBARDI

PROC. JORGE DAVID SAEZ

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