Ley Nro. 8999 - LEY - PLAN PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

EmisorMINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA
Fecha de la disposición23 de Agosto de 2017

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE MENDOZA,

SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y :

ART. 1 Apruébese el Plan Provincial de Ordenamiento Territorial, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Ley.

ART. 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.

Sen. JUAN CARLOS JALIFF Presidente Provisional A/C cargo de la Presidencia H. Cámara de Senadores

DR. NÉSTOR PARÉS Presidente H. Cámara de Diputados

DR. DIEGO MARIANO SEOANE Secretario Legislativo H. Cámara de Senadores

ANDRÉS FERNANDO GRAU Secretario Habilitado H. Cámara de Diputados

NOTA: EL ANEXO DE LA PRESENTE LEY SE ENCUENTRA A DISPOSICIÓN DE LOS INTERESADOS EN LA SECRETARÍA DE AMBIENTE Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL - CASA DE GOBIERNO - 6º PISO - CUERPO CENTRAL - CIUDAD DE MENDOZA - NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en la edición web del Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza --www.boletinoficial.mendoza.gov.ar--y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta dirección Provincial (Av. Peltier 351 - 1º subsuelo - Cuerpo Central - Capital - Mendoza)

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