Ley N° 21.350

Fecha de disposiciónInvalid date
Fecha de publicación07 Diciembre 1976
SecciónLegislación y Avisos Oficiales, Leyes
BOLETÍN' OFÍCÍAL Martes 7 de diciembre de 1976
Página
1 v
Por ello;
Rl Interventor en el Comité Federal
de Radiodifusión
Resuelve'.
Artículo 1? Otorgar la habilitación
de Locutor Nacional y Locutor Transi
torio a las personas que se detallan a
continuación:
Locutores Nacionales: (Renovaciones)
DEL PRIORE, Osear L.E. N? 4.435.364,
N"
1.706.
MONDRIK, Olga Alicia, L.C. N? 4.441.053,
N?
1.770.
Locutores Transitorios.
BORLA, Ornar Jorge, L.E. N? 7.696.490,
N» 2.204.
GIORGI, Mcrio Roberto, D.N.I. número
11.359.544, N? 2.213.
TORRISI, Reinaldo Carmelo, L.E. núme
ro 5,498.322, N° 2.216.
SAN MARTIN, Miguel Ángel Antonio, L.
E. N<? 6.060.679, N? 2.225.
SALINAS, Lidia Fanny, L.C. N? 10.432.871,
N"
2.236.
DÍAZ, Darío Orlando, L.E. N° 7.499.095,
N> 2.239.
ARIEL, Ricardo Jack, D.N.I. Número
10.069.ii67, N° 2.240.
SÁNCHEZ Guillermo UÜses, D.N.I.
mero 11.990.671, N"
2.241.
MUÑOZ, José Carlos, D.N.I. N'? 10.868.197,
N<? 2.252.
Art. Comuniqúese, publíquese y
pase a conocimiento de la Dirección de
Técnica y Control (Departamento Re
gistro de Profesionalesi y demás áreas
del organismo. Cumplido, archívese (per
manente).
Clodomiro E. Núñeí.
RESOLUCIÓN
N° 225
Bs.
A.s,'ll|U|76.
V ISTO la Lev Nació:.*! cli; Telecomu
nicaciones N* 19.798 y el Decreto
mero 4:093¡73 y,
CONSIDERANDO:
Que las solicitudes presentadas opor
tunamente por las. personas mencio
nadas c« el articulo 1? de la presen
te resolución han .satisfecho los re
querimientos. previstos en el "Régi
men para el. otorgamiento de Habi
litación de Locutores de Radiodifu
sión y Televisión" aprobado por
Acuerdo N? 65 1 CONAKT67.'
Que,
consecuentemente, corresponde
el .otorgamiento de las. habilitaciones
respectivas»
Por ello;
El Interventor en el Comité Federal
de Riidiodifusión
Resuelve:
Artículo 1« Otorgar la habilitación
de Locutor Nacional y Locutor Transi
torio a las personas que se detallan a
continuación:
Locutor Nacional (Renovación):
MIRA, Fernando José Ernesto, L.E.
mero 0.568.767, N» 140.
Locutor Transitorio:
AGUIRRE, Alberto Edgardo, U E. Nu
mero 8.323.061. N? 2.185.
FERNANDEZ Luis Alberto, L.E. Nume
ro 8.500.5S7,' NO 2.242.
RUIZ. Héctor Raúl, L.E. N<> 7.709.951,
N° 2.243. . ' ,, T
FERNANDEZ, Jon»e Raúl. Fernando, L.
E W 6.305.531 Ñ? 2.244.
LCC''ARZO, Liüsnrr Nelly, L.C. Numero
6.030.546' N? 2*245.
CALETTI, Ricardo Horacio, L.E. nume
ro 8.432.226, N? ,2.246.
CAPUTO, Alfredo Emir, L.E. numero
10.850.619, N<? 2.247..
GÓMEZ María Antonia, L.C.. Numero
6.725.186. Ni 2.248. ,
PLOS,
Rosalía Raquel Carmen, L.C. nu
mero 6.170.543, N? 2.249. . ,
RAYMONDI de LEBAUDY, Mana Cris
tina, L.C. N<? 5.768;763, N? 2.250.
INFANTE, Linda Susana, D.N.I. numero
10.147.912, N?
2.251.
A,rt. 2? Comuniqúese,
:
publíquese. y
pase a conocimiento de. la Dirección de
Técnica y Control
(Departamento Re
gistro de Profesionales., y demás áreas
del organismo. Cumplido, archívese (per
manente). Clodomiro E. Núñea.
Secretaría ^e Minería
PROMOCIÓN MINERA
Apruébase un proyecto especial
deíinitivo tic exploración.
RESOLUCIÓN
IN!>
323
Bs.
AS., 4(11176 .
v;
rISTO el Expediente N? 41.549,75, la
Ley de Promoción Minera N?
20.551,
su Decreto reglamentario N<> 443,74, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Expediente Núme
ro 41.543:75 del Registro de la Se
cretaria de Estado de Recursos Na
turales y Ambiente Humano, la em
presa Promina, Sociedad de Respon
sabilidad Limitada sometió a consi
deración de la Subsecretaría de Mi
nería, en su carácter de Autoridad
de Aplicación del régimen promocio
nal minero, una consulta inicial en
los términos del Artículo 16 del De
creto N» 443;74;
Que como consecuencia del trata
miento de esta consulta, se produjo
el citado de la Resolución S.S.M.
N? 81(75, por la que se autorizó la
formulación del proyecto correspon
diente;
Que el proyecto del caso se refiere
á la realización de tareas de explo
ración de mineral de antimonio en
el .yacimiento ''Difunta Correa", del
que es concesionaria !a recurrente, si
ta en la Quebrada La Ramadita, en
las proximidades del Puesto "Los
Chinguillos", Departamento Iglesia
de la Provincia de San Juan;
Que él programa de exploración pro
yectado ha sido confeccionado por la
Empresa Aluvión S.R.L., que ten
dría a su cargo la ejecución de las
labores mineras planificadas; habién
dose tenido en cuenta como antece
dentes dé aquél los estudios realiza
dos por el Licenciado Hugo J.
pez Núñez y .por el Ingeniero Jorge
G. Juárez Arena y el informe produ
cido por técnicos dt¡l Banco Nacio
nal de Desarrollo, en la oportuni
dad de haber presentado la recurren
te un proyecto de exploración sobre
el mismo yacimiento, en el que se
aprecian las tareas realizadas en
cumplimiento.del mismo;
Que las labores exploratorias se di
viden en función de dos sectores que
presenta la mina; u saber; Sector
Blanca; comprende Ja realización de
22 metros de cortaveta, 50 metros
de galería de dirección y 9 metros de
estocadas; y Sector Antonia, cu el
que se ejecutarán 15 metros de cor
taveta, 45 metros de galería de direc
ción y 9 metros de estocadas, con"el
objeto de reconocer la mineraiissa
ción en profundidad;
Que una de las mayores trabas que
se oponen a la concreción del pro
ceso productivo es el inadecuado co
nocimiento del recurso, tanto en lo
que hace a la generalidad del paí:¡
como en lo que se refiere a la enor
me mayoría de las minas registradas
y concedidas:
Que a los fines de establecer un pro
grama de aprovechamiento raciona!
tanto en lo general como en lo par
ticular, debe propenderse a remover
esa traba tendiendo a lomeut.u la*
tareas exploratorias;
Que así lo ha reconocido programá
ticamente la Ley de Promoción Mi
nera N° 20.&51 y, en esa lorma, lo
expresa al enunciar sus objetivos,
particularmente a los de los Artícu
los 2?, inciso h) y 3", inciso AI;
Que,
como desarrollo de esos objeti
vos,
el incentivo que la Ley 'Otorga
a la realización de las tareas explo
ratorias se ve reflejado cu "Varias de
sus disposiciones;
Que.
entre estas últimas merece des
tacarse la que configura el inciso b>
del Artículo 18, por el cual se facul
ta al. Estado Nacional a comuensar.
hasta Un máximo del cohenu por
ciento (SO o|o), de los gastos tic ex
plotación en que incurriesen los be
neficiarios con resultados neqmvos
en base a proyectos concretos que hu
bieren obtenido previa aprobación;
Que se trata de una disposición ori
ginal en la legislación, promocional
argentina pues implica que el Estado
puede asumir, en su accionar por in
termedio del sectoi. privado, gran
parte de lo que ha dado en denomi
narse "riesgo'minero";
Que en el caso de, autos se traU de
un mineral que tiene demanda sos
tenida en el mercado nacional, sien
do de escasa producción en el país,
raaón por la que debe recuri'irse a
su importación, con el consiguiente
drenaje de divisas;
Que,
en lo concerniente ai presupues
to'del proyecto de marras conforma
do por la empresa Aluvión S.R.L..
ha sufrido las modificaciones que
constan a fs. 64,67; debiendo tener
se especialmente en cuenta la infor
mación producida' a fs. 183(186 por
la Dirección Nacional de Promoción
Minera;
Que en el otorgamiento de los apor
tes de promoción minera a aplicarse
a la consecución del plan de explo
ración propuesto, se aprecia la con
veniencia del sistema, de pago pro
puesto por la Dirección Nación,»! de
Promoción Minera, :i fs. 183 1¿6;
Que es objetivo promocional ei cum
plimiento del programa apvobaoo sin
interrupciones ni paralizaciones que
pudieran dimanar de insuficiencias
financieras;
Que.'
la utilización de ios i ocursos
del Fondo de Fomento Minoro para
este tipo de tareas se encuentra ab
solutamente viabili/nda por la dispo
sición contenida cu el Articulo 27
del Decreto N' 443,'H;
Por ello y atento lo dispuesto en el
Articulo 22 del ¡Secreto 44374 y lo
informado por la Dirección Nacional
de Promoción Minera en su carác
ter de organismo competente según
Decreto N* 705*75,
El Secretario de Minería
Resuelve:
1*
Apruébase el proyecto especial
definitivo de exploración presentado pol
la empresa Promina, Sociedad de Res
ponsabilidad Limitada, respecto del yaci
miento denominado "Difunta Correa", del
que es concesionaria la peticionante, si
to en la Quebrada La Ramadita, en las
proximidades del puesto "Los Chingui
llos",
Departamento Iglesia de la Pro
vincia de San Juan.
%f Otórgase a la beneficiaría, en ca
rácter de aporte de promoción minera
reintegrable, la suma de ocho millones
seiscientos mil pesos "($ 8.600.000) cuya
liquidación, devolución y demás moda
lidades se establecen en esta resolución
y en el convenio que habrá de suscribir
se,
cuyo texto se aprueba en el Artícu
lo 4",
3''
Hágase saber a la beneficiaría que
la aceptación de' la presente resolución
implicará el reconocimiento de la obli
gación irrevocable de proceder a la eje
cución de la explotación del yacimien
to de acuerdo con los programas que. en
base al principio de racionalidad, habrá
de establecer la Autoridad de Aplicación,
en caso dé que los resultados de las ta
reas de exploración fueren positivos a su
solo juicio.
4"
Apruébase el texto del convenio
que se suscribirá entre esta autoridad de
aplicación, la beneficiaría y la empre
sa Aluvión S.R.L., que forma como
Anexo, parte integrante de esta resolu
ción. Autorízase al señor Subsecretario
Técnico de esta Secretaria de Estado pa
ra la suscripción del acto y para introdu
cir en el mismo las modificaciones que
pudieren surgir durante las tratativas
con la beneficiaría y Aluvión S..R.L. La
suscripción de este convenio es condi
ción para la ejecutoriedad de la presente
resolución,
5"
Hágase saber a la beneficiaría
que;
en caso de que el resultado de las ta
reas exploratorias aprobadas por el pre
sente fueren negativos, al solo juicio de
esta Autoridad de Aplicación, la compen
sación de los gastos incurridos será del
ochenta por ciento (80 o o).
0' El aporte dispuesto para el cum
plimiento de la presente resolución se
atenderá con cargo a los fondos asigna
dos por la Ley de Presupuesto del pre
sente ejercicio (Cuenta Especial Fondo
de Fomento Minera).
7*
Comuniqúese, publíquese, dése a
la Dirección Nacional del Registro Ofi
cial y archívese. Puca Frota.
ORGANISMOS DEL ESTADO
Secretaría de Comercio.
Letrados que actuarán cu repre
sen Utéióíi y patrocinio de l;< Se
cretaría tic lisiado de Comercio.
RESOLUCIÓN
V '?'í;i
Bs.
As. 30! 11.7íí"
V ISTO lo dispuesto por la Ley 17.516
(t. a.), sobro representación y« pa
trocinio ante les tribunales judiciales
y organismos jurisdiccionales y admi
nistrativos, nacionales o locales, lo
dispuesto por el Decreto fe? 379 69
(t. a.', en especial por el que lleva
N'J
29:29,78 y lo propuesto por la Di
rección General de Asuntos Jurídicas,
l'.l. M'UI I \AH> 1»1: COMI.RCIO
fW-sui-r ve-
l1' La representación y patrocinio a
que se refiere la Ley 17.516 (t. a.), sera
ejercida en los asuntos en que el Es
lado y el Fisco Nacional actúen como p'.ir
te actora o demandada, en todas las
instancias por Jos letredos de la Direc
ción General de Asuntos Jurídicos que
por la presente resolución general se in
dican a coniínusción:
Eduardo A. PJGRETTT.
María Elena, CHACÓN' d CHIANELLO
Ernesto GAMBARRTJTTA
Miguel Ángel GIRAUDO
Hipólito Enrique JAL1L
Héctor Raúl MARIÓN
A
Daniel Valentín MAROTTA
Alaría Teresa MASTOLORENZO
Anunciación Irene iViARZi'ANO
Coivzilo I'erix Saat'aio PEREYRA de
CLAZAB VL
Ricardo Alejandro P1SREYKA ROZA':;
Clara 'Mercedes BOTANA de SÁN
CHEZ PA.NI>:'ZA
Osear RIUS
Marta Iris TKRG
Daniel PrudCíxio TO:;Rí'3 GÓMEZ
Aurelio TOÜ'Ri^O
2'*
Re:i siese, ci'.;):ui;ífji. ese. dése a
l:x Dirección :7..:.cíeuul ciíj R.'g;s!ro Oí'i
ciü y archívese. Braso
Caja Federal de Ahorro y Préstamo para
la Vivienda
AHORRO Y PRÉSTAMO PARA
LA VIVIENDA
Se autoriza a una entidad a fun
cionar. »
RESOLUCIÓN
N° 1.037
Bs.
As., '26 11176.
V ISTO Y COSIDERANDO:
Que del expediente N" 34.251175, re
lacionado con la solicitud de 'au'.c!i
¡sación'para funcionar dentro del sis
tema de ahorro y préstamo para ia
vivienda, cié O.E.R.A. S.A. de Atu
ro y Préstamo Pitra la Vivienda, sur
ge que se han cumplido los requisi
tos legales y técnicos exigidos por ¡as
normas vigentes en la materia;
Por ello, atento lo informado por
Gerencia de Contralor y lo dictami
nado por el Departamento de Asun
tos .Jurdicos. en uso de las iaculfa
. des que le acueida el régimen legal
vigente,
111 Interventor de la Caja Federal
de Ahorro y Préstamo para la Vivienda
Resuelve:
Artículo T Autorízase a O.E.R.A.
S.A. de Ahorro y Presumo'pura la vi
vienda, entidad
N<>
1.1.19.
para funcionar
como entidad de ahorro y préstamo pa
ra la vivienda.
Art. Z" Regístrese, comuniqúese, no
tifíquese bajo constancia a la entidad.
i emítase copia de la presente a la Ins
pección General de Personas Juiídic.is,
dése a la Dirección Nacional del Rí¡ji.;n>
Oficial y, cumplido, archívese.
íjilonem Hernj.'.n.
Superintendencia de ¡>c¿»r*ts
SEOUROS
Multa.
RESOLUCIÓN
N° 13.591
Bs.
As.. 8¡lli76
V ISTO las preenie* activeione.
las que tramita ei surn:uio i'ui
a la entidad denominada Ciiac,
gentino Compañía de Seguros
,
s
dad Anónima con
velación ai t"
plimiento de la Resoluc'ón N
de esta Superinietiíteocisi de ¿ice;.
de la Nación, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones
ha constatado in.e la referida c.
pañía no ha cumplimentado la re
síón de la información respecto
la situación económico financiera
arespondiente n los bimestres
iratios ai 30 de junio de 1S75 j
31 de octubre del mismo o en
términos establecidcs por la Re:
ción N" 9441 de este Organismo
u. i y fs. 25).
Que en virtud de tal procede.
entidad ha encuadrado su conde.
en el ámbito de las pvevisor.e s
cionatorias contenidas en el Punte
del "Régimen ie:>al de superintend
cia de seguros", Ley N<? 11.672. c
ción 1943, articulo 150 (t. O. en l'.H
Que el suscripto colimarte ios ter
nos del dictamtn producido a ¡s.
28 por el .Departamento de As.:
Jurídicos, los q..e deheián fer 1
dos como íormndo parte de la iie
sente Resolución;
Por ello,
l:l. Sl-IM -RIN lENOr N I 1 DE Su.UROS
RlSUEl.VE*.
Artículo 1* Aplicar a Chaco Arg"n
tino Compañía de Sesuros Sociedad Anó
nima, una multa de seis mil pesos, (ye
sos 6.000,—), importe que deberá depo
sitar dentro del término de diez 110
>
días,
en la cuenta que en el Banco de la Na
ción Argentina, Casa Central, obra abier
ta bajo el N<? 4.98. a nombre de la
Superintendencia ds Seguros de la Na
ción.
Art. 2* Regístrese, notifíquese, ins
críbase en el 'Reiistro de Faltas y San
ciones" y publíquese en el Boletín Ofical.
Marc&o Gosvland Acosla
:la
ios
la
c a
14
ea
t,os doemnentr/s. que aparecen en l
UOl/ílTIN 01rl<:>i M. DE LA KKrii
iÍMCA AtiG'SN'i'INA serán tenidos
;>.:[
auténticos y obligatorios por *■!
cíeííj fle esa publicación y per co
municados y suficientemente cireu'a
dos dentro de todo el tersItvit'in na
cional (liecreto número GKS'l'^S'íi

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