Ley DE APROBACIÓN INICIAL N° 3089/GCABA

FirmantesAnexo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 3089/ GCABA

Se cataloga a inmuebles con los correspondientes niveles de protección según el Código de Planeamiento Urbano

Buenos Aires

LEY DE APROBACIÓN INICIAL

Exp. 3.089-D-08.

Buenos Aires, 3 de diciembre de 2009.

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Artículo 1° Catalóganse, con los correspondientes niveles de protección, los inmuebles consignados a continuación, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano.
Art. 2° Déjase sin efecto el ensanche de la Av

Pedro de Mendoza, entre las calles Necochea e Irala, establecido por la Ordenanza N° 23.475 (Boletín Oficial N° 13.265).

Art. 3° Suprímase el tramo mencionado en el Art. 2° de la Lista II "Orden de prioridad de aperturas, ensanches y rectificación de calles" de la Ordenanza 23.475.
Art. 4° Elimínase la Av

Don Pedro de Mendoza entre Necochea e Irala del Listado de Arterias Integrantes de la Red de Tránsito Pesado que constituye el Anexo I de la Ley 216, contenido en la Sección 6 del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 5° Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3. "Catalogación" del Código de Planeamiento Urbano....

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