Ley DE APROBACIÓN INICIAL N° 546/GCABA

FirmantesSantilli - Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY DE APROBACIÓN INICIAL N° 546/ GCABA

Se establecen modificaciones al Código de Planeamiento Urbano

Buenos Aires

LEY DE APROBACIÓN INICIAL

Exp. 546-D-09 y agreg.

Ley

(Aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90

de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

Buenos Aires, 26 de noviembre de 2009.

Artículo 1° Incorpórese el item 6.2) al inciso 6) Casos Particulares del parágrafo 5.4.2.3 b) Distrito C3II del Código de Planeamiento Urbano, con el siguiente texto:

6.2) Sector 3. Para las parcelas frentistas a la Av. Salvador María del Carril, entre la calle Campana y la Av. De los Constituyentes y las frentistas a la calle La Pampa entre la calle Burela y la Av. De los Constituyentes, para todas las tipologías edilicias, serán de aplicación las siguientes disposiciones particulares:

  1. F.O.T.: 2

  2. Plano límite horizontal: 12m a contar desde la cota de parcela.

  3. Retiro de fondo: será de aplicación lo normado en la Sección 4 del presente Código, no pudiendo, en ningún caso, ser inferior...

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