Ley Nº 8.907

EmisorMrio. de Gbno. Trabajo y Justicia
Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2016

LEY Nº 8.907

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Ratifícase el Decreto N° 2366, de fecha 23 de diciembre de 2.014, el que en copia certificada y como Anexo forma parte de la presente Ley, por el cual se homologan las Actas Acuerdo celebradas en fecha 14 de mayo de 2.014, en el ámbito de la Subsecretaria de Trabajo y Seguridad Social y suscriptas por la Dirección de Control y Relaciones Laborales, representantes de U.P.C.N. y A.T.E. y representantes de la Administración de Parques y Zoológico.

Artículo 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA, en Mendoza, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.

Laura Montero

Vicegobernadora

Presidenta H. Senado

Diego Mariano Seoane

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Néstor Parés

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

ANEXO

DECRETO N° 2.366

Mendoza, 23 de diciembre de 2014

Visto el Expediente N° 6934-S-14-00951; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se solicita la Homologación del Acta Acuerdo celebrada en fecha 14 de mayo de 2014, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social y suscripta por la Dirección de Control y Relaciones Laborales, representantes de U.P.C.N. y A.T.E, y representantes de la Administración de Parques y Zoológica; mediante la cual se acuerda mantener el porcentaje de la actual "Mayor Dedicación" y las mismas modalidades de prestación y contraprestación de servicio de los Trabajadores de la Administración de Parques y Zoológico hasta el día 31 de diciembre de 2014; y la Homologación del Acta Acuerdo celebrada el día 14 de mayo de 2014, en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social y suscripta por la Dirección de Control y Relaciones Laborales, representantes de U.P.C.N. y A.T.E, y representantes del Cuerpo Paritario Central; mediante la cual se acuerda un incremento salarial para los Trabajadores de la Administración de Parques y Zoológico.

Que lo acordado no viola disposiciones de orden público ni garantías constitucionales.

Que lo expuesto es en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 6° del Decreto Acuerdo N° 955/04, Decreto N° 17/12, Decreto N° 149/13, Art. 10° del Decreto Acuerdo 3/14, Artículo 10 inc. b) de la Ley N° 8637 y atento a lo dictaminado por la...

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