Ley Nº 8.782
Emisor | Mrio Trabajo Jus. y Gob. |
Fecha de la disposición | 4 de Febrero de 2015 |
LEY Nº 8.782
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Derógase la Ley 8.118 del año 2.009, la cual declara de Utilidad Pública la expropiación de terrenos inmuebles para la construcción de la Planta de Tratamientos Líquidos Cloacales en el Distrito La Central del Departamento de Rivadavia.
Transfiérase a la Municipalidad de Rivadavia por parte de la Provincia de Mendoza, a título gratuito y con cargo, dos predios propiedad del Gobierno de Mendoza e identificados como Fracción 2, con Nomenclatura Catastral N° 10-99-00-1200-618561-0000-5, superficie 10ha. 1.421,40m2 y Fracción 4 con Nomenclatura Catastral Nº 10-99-00-1200-609532-0000-0, superficie 9.287,89 m2, ubicados en el Departamento de Rivadavia, Distrito La Central, calle Nueva Gil o Unión s/n, de acuerdo a plano de mensura y fraccionamiento visado por la Dirección Provincial de Catastro de fecha del 23 de febrero del año 2.010. El inmueble del que forman parte las fracciones a transferir se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad con mayor extensión al N° 19.844 fojas 601 del Tomo 49 B de Rivadavia y como marginal a dicha foja.
El cargo de donación consistirá en destinar el predio, al funcionamiento de la Planta de Líquidos Cloacales y ACRE (Fracción 2) y a futuras aperturas de calle (Fracción 4), del Distrito La Central del Departamento de Rivadavia.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil quince.
Carlos G. Ciurca
Vicegobernador
Gobierno de Mendoza
Sebastián P. Brizuela
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
Publicación: por única vez el 08/04/15
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