Ley Nº 8.768

EmisorMrio. de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 2014

LEY Nº 8.768

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1°

Ratifícase el Decreto N° 1.102 de fecha 04 de julio de 2014, el que en fotocopia certificada como Anexo forma parte de la presente ley, por el cual se incrementaron las tasas retributivas establecidas mediante Ley 6.279, por los servicios especiales que prestan las Direcciones de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia.

Artículo 2°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

Eduardo M. Bauzá

Presidente Provisional

a/c. de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Sebastián Pedro Brizuela

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Jorge Tanus

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

_____

ANEXO

DECRETO Nº 1.102

Mendoza, 4 de julio de 2014

Visto el expediente N° 05812-D-14-00020, y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la 1ª, 3ª y 4ª Circunscripción Judicial y la Dirección de la 2ª Circunscripción Judicial de la Provincia, solicitan aumento de las tasas retributivas especiales creadas por Ley N° 6279.

Que dichas tasas representan aranceles bajos en relación al costo del servicio que se brinda.

Que el servicio que se presta debe ser brindado en tiempo y forma, para lo cual se hace necesario adecuar el valor de las tasas a efectos de cumplir con los objetivos propuestos por Ley N° 6279.

Que, el Colegio Notarial de la Provincia de Mendoza usuario del mencionado servicio, presta su conformidad a la petición formulada.

Por ello, de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo 12 de la Ley N° 6279 y atento lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Finanzas a fs. 13 del expediente N° 05812-D-14-00020,

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º

Increméntense las tasas retributivas establecidas mediante Ley N° 6279, por los servicios especiales que prestan las Direcciones de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia, de conformidad al Anexo que forma parte del presente decreto.

Artículo 2º

Los importes actualizados se aplicarán a las escrituras públicas otorgadas con posterioridad a la entrada en vigencia del presente e...

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