Ley Nº 8.104
Emisor | Ministerio de Gobierno Justicia y Derechos Humanos |
Fecha de la disposición | 13 de Octubre de 2009 |
LEY Nº 8.104
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Ratifícase el Decreto N° 3602 de fecha 5 de agosto de 2008, que forma parte de la presente como Anexo en fotocopia certificada, por el cual se homologa el Acta Acuerdo de fecha 5 de agosto de 2008, suscripta por los miembros de la Comisión Negociadora de la Paritaria del Poder Judicial, relacionada a la homologación de la misma, según lo dispuesto por el Art. 6° del Decreto N° 955/04, referida a los temas: remuneración y bonificación del adicional por necesidades extraordinarias de servicios; respuesta de la Corte a las solicitudes del Gremio respecto a las condiciones de trabajo y salario del personal que cumple tareas en las Oficinas Fiscales; Trabajo de Mayor Jerarquía; descanso entre jornada y jornada, devolución de días feriados, trabajo nocturno, salarios C.P.P.; reconocimiento de mayor carga horaria; situación edilicia de las Oficinas Fiscales.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los trece días del mes de octubre del año dos mil nueve.
Miriam Gallardo
Presidenta Provisional
a/c. de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
________
ANEXO
Mendoza, 17 de diciembre de 2008
Vista la Nota Nº 9410-S-08-00951; y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones las partes de la negociación colectiva del Sector Judicial, solicitan la homologación del acuerdo alcanzado con fecha 5 de agosto de 2008, a fin que surta efectos en el colectivo que comprende.
Que el mismo no vulnera disposiciones de orden público, garantías constitucionales, ni de orden público laboral.
Que en este sentido, de conformidad con lo dispuesto por Decreto 955/04 y con lo dictaminado por la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos a fs. 05/07, se considera que el citado Acuerdo puede ser homologado.
Por ello;
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
- Homológuense el, acuerdo de fecha 5 de agosto de 2008, suscripto por los miembros de la Comisión Negociadora del Sector Judicial, que en copia y como Anexo forma parte del presente decreto.
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