Ley Nº 8.002

EmisorMin. Infraestructura
Fecha de la disposición23 de Diciembre de 2008

LEY Nº 8.002

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Modifícanse los incisos I) y II) A del artículo 2° de la Ley 6170, los que quedarán redactados de la siguiente forma:

"Art. 2: Las propiedades afectadas son:

I)

Inmueble de titularidad de Alicia María Pantín de López, ubicado frente a calle 25 de Mayo 343, Dorrego, Guaymallén, inscripto en el Registro de la Propiedad con mayor extensión bajo el N° 8670 fojas 69 del Tomo 81 E de Guaymallén, Nomenclatura Catastral 04-01-01-0003-000009, Padrón territorial 04-04131, Padrón Municipal 06939, Superficie total del terreno según título 446,47 m2 y según plano N° 04/54781 de 410,25 m2., Superficie a expropiar: 290,30 m2 según plano referido integrada por el polígono a,2,3,c,b,a, Superficie remanente: 119,95 m2 según plano.

II)

A- Inmueble de titularidad de Juan Archi, ubicado frente a calle Laprida 424, Dorrego Guaymallén, inscripto en el Registro de la Propiedad bajo el N° 21.886 fojas 977 del Tomo 98 C de Guaymallén, Nomenclatura Catastral: 04-01-01-0007-000025, Padrón Territorial 04-23449, Padrón Municipal 7001, Superficie total del terreno según título 356 m2 y según plano N° 04/54405 de 328,76 m2, Superficie a Expropiar 328,76 m2.

Artículo 2º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil ocho.

Cristian L. Racconto

Vicegobernador

Presidente H. Senado

Mariano...

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