Ley N° 764

FirmantesIbarra-Fernández
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2002

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 764

SUSTITUYE EL ART. 272 DE LA LEY N° 189 -CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA C.A.B.A.-, REFERIDO AL REQUERIMIENTO DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS. REMISIÓN - ACTUACIONES - ACTUADOS

Buenos Aires, 04/04/2002

LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Sustitúyase el artículo 272 de la Ley N° 189, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 272 - Requerimiento de expedientes administrativos: Presentada la demanda en forma, el tribunal debe requerir los expedientes administrativos directamente relacionados con la acción al organismo de origen. Dichas actuaciones deben ser remitidas dentro de los diez (10) días. Ante pedido fundado de la autoridad administrativa, formulado dentro del plazo indicado precedentemente, el Tribunal podrá disponer su ampliación hasta diez (10) días más, los que se computarán a partir del vencimiento del plazo inicial. Si la...

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