Ley N° 707

FirmantesFelgueras - Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Noviembre de 2001

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 707

MODIFICA EL INCISO H) DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY N° 3, REFERENTE A LAS ATRIBUCIONES DEL DEFENSOR DEL PUEBLO. LEGITIMACIÓN ACTIVA PARA INTERPONER ACCIONES DECLARATIVAS DE INCONSTITUCIONALIDAD.

Buenos Aires, 22/11/2001

LA LEGISLATURA DE LA

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Modifícase el inciso h) del Art. 13, de la Ley N° 3, el que queda redactado del siguiente modo:

"H) promover acciones administrativas y judiciales en todos los fueros, inclusive el Federal. Tiene legitimación para interponer la acción prevista por el Art. 113, Inc. 2), de la Constitución de la Ciudad y sus normas reglamentarias, contra la validez de leyes, decretos y cualquier otra norma de carácter general emanada de las autoridades de la Ciudad, anteriores o posteriores a la sanción de...

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