Ley Nº 7.997
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2008 |
LEY Nº 7.997
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de
L E Y:
Ratifícase el Decreto N° 3524 de fecha 12-12-08, mediante el cual se dispone una modificación presupuestaria del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte, por la suma de pesos un millón.
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil ocho.
Miriam Gallardo
Presidenta Provisional
a/c. de la Presidencia
H. Cámara de Senadores
Mariano Godoy Lemos
Secretario Legislativo
H. Cámara de Senadores
Jorge Tanus
Presidente
H. Cámara de Diputados
Jorge Manzitti
Secretario Legislativo
H. Cámara de Diputados
ANEXO
DECRETO N° 3.524
Mendoza, 12 de diciembre de 2008
Visto el expediente N° 1298-S-2008-03792, en el cual se da cuenta de la necesidad de modificar el Presupuesto de Erogaciones vigente - Ejercicio 2008 Ley N° 7837 y modificatoria; y
CONSIDERANDO:
Que la aludida modificación no implica el incremento del gasto autorizado a nivel global ni entorpecerá el normal funcionamiento del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte en el presente ejercicio.
Por lo expuesto, teniendo en cuenta lo establecido por los Artículos 12° Inciso d) de la Ley N° 7837 de Presupuesto de Erogaciones vigente - Ejercicio 2008 y 3° del Decreto-Acuerdo 470/2008 y lo dictaminado por la Asesoría Legal de la mencionada jurisdicción,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
1.477.769,00).
El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección General de Finanzas.
Por conducto de la Secretaría General del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Transporte cúrsese copia de la presente norma legal al Ministerio Secretaría General de la Gobernación a los fines del cumplimiento de lo establecido en el penúltimo párrafo del Artículo 12° de la Ley N° 7837 de Presupuesto de Erogaciones vigente.
La presente norma legal será refrendada por los señores Ministro de Infraestructura, Vivienda y Transporte, Ministro Secretario General de la Gobernación y de Hacienda.
Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
CELSO ALEJANDRO JAQUE
Francisco H. Pérez
Luis Alejandro Cazabán
Adrián H...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba