Ley n° 7.591

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición19 de Octubre de 0006

LEY Nº 7.591

El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 2º

Para que el personal afectado a tareas de inspección en Ia Subdirección de Regalías, pueda percibir la asignación especial por movilidad, deberá disponer de Vehículos para el cumplimiento de dichas tareas que reúnan los siguientes requisitos:

  1. No tener una antigüedad superior a los cinco (5) años computados al 1 de enero de cada período fiscal.

  2. El peso del vehículo no podrá ser inferior a los 1.200 kgs.

A tal efecto se otorgarán ciento veinte (120) días corridos para su cumplimentación, computados a partir del primer día del mes siguiente a la entrada en vigencia de la presente Ley.

Artículo 3º

Para el financiamiento de la renovación de la unidad automotriz conforme al artículo precedente, el personal afectado a tareas de inspección en la Subdirección de Regalías, podrá optar por suscribir una línea de crédito que para tal fin instrumente el Fondo Provincial para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza.

Asimismo, podrá ceder a favor de dicha entidad la proporción de la asignación especial por movilidad que se le liquide mensualmente para su acreditación automática, en cancelación de la cuota de amortización del crédito, según las condiciones que oportunamente acuerde el agente inspector y el Fondo Provincial para la Transformación el Crecimiento de Mendoza.

Artículo 4º

La presente Ley regirá desde el día siguiente al de la fecha de su publicación.

Artículo 5º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil seis.

Juan Carlos Jaliff

Vicegobernador

Presidente del Senado

Analía V. Rodríguez

Secretaria Legislativa

H. Cámara de Senadores

Andrés Omar Marín

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

PLANILLA ANEXA

Recorrido Anual KM

(a)

30.000

km(2)

Costo Km. (3)

Costos Variables

Combustible

0,13

(1) / (2)

Lubricantes y filtros

(1) / (2)

Cubiertas

(1) / (2)

Lavado Completo

(1) / (2)

Repuestos y Rep.

10% anual

(precio Okm-

neumáticos)*(2) / (a)

Total Costo Variable

Costos Fijos

Amortización

(1)*,2 / (a)

Impuesto Automotor

(1) / (a)

Seguro

(1) / (a)

Total Costo Fijo

Total Costo por Km.

...

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