Ley n° 7.523

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición21 de Abril de 0006

LEY N° 7.523

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1°

Modifícase el Inc. 6) del Art. 1° de la Ley 7.498 el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 4°

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil seis.

Juan Carlos Jaliff

Vicegobernador

Presidente del Senado

Luis Alfonso Petri

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Raúl Horacio Vicchi

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

PublicaciÛn: por única vez el 21/04/06

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