Ley n° 7.460

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición16 de Enero de 0006

LEY Nº 7.460

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Créase en el Distrito ¬ìLa Escandinava¬î del Departamento General Alvear una Colonia Educativa en las instalaciones de la Escuela Nº 1-464 ¬ìProvincia de San Luis¬î.

Artículo 2º

La Dirección General de Escuelas preveerá en la pauta presupuestaria para el Ejercicio Fiscal del año 2006 los gastos que demande la puesta en funcionamiento de la Colonia creada por el artículo primero.

Artículo 3º

Créase para el funcionamiento de la Colonia Educativa:

–

Un (1) cargo de Maestro Director.

–

Un (1) cargo de Profesor de Educación Física.

–

Un (1) cargo Administrativo.

–

Un (1) cargo de Personal de Limpieza (celador).

Artículo 4º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los veintinueve días del mes de noviembre del año dos mil cinco.

Mauricio Suárez

Presidente Provisional

a/c de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Rubén Angel Vargas

Prosecretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Raúl Horacio Vicchi

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

PublicaciÛn: por única vez el 16/01/06

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