Ley n° 7.387

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición 1 de Julio de 0005

LEY Nº 7.387

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de

L E Y:

Artículo 1º

Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación los terrenos aledaños al Cementerio Municipal de Luján de Cuyo, identificados y ubicados de la siguiente manera:

¬ï Al Oeste del Cementerio: Padrón Municipal Nº 2655, con una superficie de cinco hectáreas, seis mil ochocientos cincuenta y ocho metros, con cincuenta y un decímetros cuadrados (5 ha. 6858,51 m2).

¬ï Al Norte del Cementerio: Padrón Municipal Nº 19085, con una superficie de dos hectáreas, seis mil ochocientos noventa metros cuadrados (2 ha. 6890 m2).

¬ï Al Noroeste del Cementerio: Padrón Municipal Nº 6168, con una superficie de dieciséis hectáreas, con siete mil setecientos noventa y nueve metros, con un decímetro cuadrado (16 ha. 7799,01 m2).

Artículo 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se atenderá por Contaduría General de la Provincia, imputándose a las partidas que correspondan.

Artículo 3º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN EL RECINTO DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE MENDOZA, a los siete días del mes de junio del año dos mil cinco.

Mauricio Suárez

Presidente Provisional

a/c. de la Presidencia

H. Cámara de Senadores

Luis Alfonso Petri

Secretario Legislativo

H. Cámara de Senadores

Raúl Horacio Vicchi

Presidente

H. Cámara de Diputados

Jorge Manzitti

Secretario Legislativo

H. Cámara de Diputados

PublicaciÛn: por única...

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