Ley N° 6415

EmisorLegislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición20 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
LEY N.° 6415
Buenos Aires, 29 de abril de 2021
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley
Artículo 1°.- Corrígese la errata del artículo 80° de la Ley 6.371, que denomina una vía
como “21 de mayo de 1930”, cuando corresponde denominarse “11 de mayo de 1974”,
el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art. 80- Denominase “11 de mayo de 1974” a la vía sin nombre oficial en el eje
longitudinal N4, entre vía Totora en el eje transversal 14 y vía Machu Picchu en el eje
transversal K-K', según lo señalizado como punto 80 en el Anexo I que forma parte de
la presente.”
Art 2°.-Corrígese la errata del artículo 59° de la Ley 6.371, que menciona a la vía “21
de mayo de 1930”, cuando corresponde la vía denominada “11 de mayo de 1974”, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art. 59- Denominase “Regaliza la vía sin nombre oficial en el eje transversal 15,
entre vía 3 de diciembre de 2009 en el eje longitudinal N3 y vía 11 de mayo de 1974
en el eje longitudinal N4, según lo señalizado como punto 59 en el Anexo I que forma
parte de la presente.”
Art 3°.-Corrígese la errata del artículo 62° de la Ley 6.371, que menciona a la vía “21
de mayo de 1930”, cuando corresponde la vía denominada “11 de mayo de 1974”, el
que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art 62- Denominase “Paicoa la vía sin nombre oficial en el eje transversal J2, entre
vía 11 de mayo de 1974 en el eje longitudinal N4 y vía Evita en el eje longitudinal Q-Q',
según lo señalizado como punto 62 en el Anexo I que forma parte de la presente.”
Art 4°.- Comuníquese, etc. Forchieri - Schillagi
DECRETO N.° 171/21
Buenos Aires, 18 de mayo de 2021
En uso de las facultades conferidas por el artículo 102 de la Constitución de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, promúlgase la Ley Nº 6415 (E.E. Nº 14181130-GCABA-
DGALE/21), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en
su sesión del 29 de abril de 2021.
El presente decreto es refrendado por el Señor Ministro de Cultura, por la Señora
Ministra de Desarrollo Humano y Hábitat y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; gírese copia a la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6128 - 20/05/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR