Ley N° 5942

EmisorLegislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición18 de Enero de 2018

LEY N.º 5942

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1° Créase el Centro Joven para la Promoción de la Música de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como ámbito público especialmente destinado a la formación, creación e integración de los/as jóvenes en relación a diferentes géneros y estilos musicales el que será emplazado en el ámbito del Distrito Joven -- Costanera Norte.
Art. 2°

Son objetivos del Centro Joven: a) fomentar la producción artística y el desarrollo cultural de los/as jóvenes, b) brindarles herramientas de formación y perfeccionamiento musical, c) favorecer su acceso a recursos artísticos y tecnológicos, d) ampliar el circuito de espacios de trabajo y difusión de bandas, orquestas y artistas juveniles, e) impulsar proyectos musicales de carácter independiente y f) posicionarse como lugar de encuentro de distintas expresiones y vertientes musicales juveniles.

Art. 3°

A efectos de cumplir los objetivos enunciados en el artículo anterior, el Centro Joven organiza las siguientes actividades, con carácter libre y gratuito: a) clases y talleres teórico-prácticos sobre historia de la música, técnica y producción musical, interpretación y ejecución de instrumentos; b) clínicas abiertas con personalidades destacadas de la música...

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