Ley N° 5907

EmisorLegislatura de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2017

LEY N.º 5907

Buenos Aires, 23 de noviembre de 2017

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Modificase el artículo 8° “Designación” de la Ley 1903 (según texto Consolidado por Ley 5666) el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 8° Designación.- El/la Fiscal General, el/la Defensor/a General y el/la Asesor/a General Tutelar son designados/as por el Jefe o la Jefa de Gobierno con el acuerdo de los dos tercios del total de los miembros de la Legislatura.

Los/las restantes fiscales, defensores o defensoras y asesores o asesoras tutelares, a excepción de los designados por los arts. 32, 39 y 50, que actúen ante instancias judiciales inferiores, son designados/as por el voto de la mayoría absoluta de la Legislatura, a propuestas del Consejo de la Magistratura, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 126 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La Legislatura en los casos enunciados en el párrafo precedente y en sesiones públicas, finalizado el procedimiento previsto en el Capítulo VI de la Ley 6 puede: a. Aprobar la candidatura b. Rechazar el pliego, sin expresión de causa, por una sola vez por cada vacante a

cubrir. c. Rechazar el pliego con expresión de causa.

La Legislatura puede rechazar con expresión de causa a los candidatos propuestos por el Consejo de la Magistratura, las veces que lo considere pertinente de manera fundada. Todo rechazo con expresión de causa, debe fundarse en las impugnaciones presentadas durante el procedimiento previsto en el Capítulo VI de la Ley 6 o en hechos sobrevinientes hasta el momento del tratamiento del pliego en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR