Ley Nº 5641/16

FirmantesSantilli - Pérez
Jefe de GobiernoRodriguez Larreta
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Septiembre de 2016

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° OBJETO: la presente Ley tiene por objeto regular los eventos masivos,

entendiendo como tales a los espectáculos y diversiones públicas de carácter

eventual, que se lleven a cabo en un predio no habilitado para tal fin.

AMBITO DE APLICACIÓN

Art. 2° DEFINICIÓN: A los fines de la presente, se entiende como evento masivo a

todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual cuyo objeto sea artístico,

musical o festivo, capaz de producir una concentración mayor a un mil asistentes

(1.000 ) y que se lleve a cabo en establecimientos abiertos, cerrados o semicerrados

en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires y en el que el público concurrente es un

mero espectador (Espectáculo Público) y/o participa del entretenimiento ofrecido y/o

de la actividad que se desarrolla (Diversión Pública).

Art. 3° CAPACIDAD: En todo predio abierto donde se proponga la celebración del

evento masivo la capacidad máxima que podrá otorgarse será a razón de tres (3)

personas por metro cuadrado para los espectáculos públicos y de dos (2) personas

por metro cuadrado para las diversiones públicas, siendo tomado de base para dicho

coeficiente la superficie libre de piso.

Para el caso de predios cerrados y semicerrados y en el supuesto de permisos

especiales de "Diversión Pública" únicamente, los mismos deberán contar con

habilitación, debiendo respetar la capacidad otorgada en la misma.

REGISTRO DE PRODUCTORES DE EVENTOS MASIVOS

Art. 4° REGISTRO PÚBLICO DE PRODUCTORES DE EVENTOS MASIVOS: Créase

el Registro Público de Productores de Eventos Masivos en el ámbito de la Agencia

Gubernamental de Control.

Art 5° INSCRIPCIÓN: Toda persona física o jurídica que efectúe la planificación,

organización y/o desarrollo de los eventos masivos definidos en el Art 2° de la

presente, deberá solicitar su inscripción en el Registro Público de Productores de

Eventos Masivos a los fines de su realización y contar con su certificado de

inscripción.

Sin perjuicio de los requisitos que la autoridad de aplicación pueda requerir el

formulario de inscripción deberá contener la documentación detallada en el anexo I.

Art. 6°

CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN: El registro expide el certificado de.

inscripción que tiene una vigencia anual y se entrega a todas aquellas personas físicas

o jurídicas que se encuentran inscriptas en el mismo, que cumplan con los requisitos

que se establezcan en la reglamentación.

El certificado es de carácter personal e intransferible.

Art. 7° PERMANENCIA: La AGC establecerá vía reglamentaria los requisitos para la

permanencia, la suspensión y la baja del Registro y eventual inhabilitación.

PERMISO ESPECIAL

Art. 8° SOLICITUD: A los fines de la realización de eventos masivos definidos en el
Art 2

el interesado deberá solicitar ante la Dirección General de Habilitaciones y.

Permisos un Permiso especial, cumpliendo los requisitos enumerados en el Art 10 y 11

de la presente y conforme las pautas que se establecen por la Autoridad de Aplicación

por vía reglamentaria.

Art. 9° SOLIDARIDAD: Será considerado como parte requirente en la solicitud del

permiso el titular de la habilitación o en caso de tratarse de predios que no cuenten

con ningún tipo de habilitación quien acredite la legítima ocupación del inmueble.

Los permisos especiales serán solicitados conjuntamente por ambos requirentes,

siendo estos solidariamente responsables por las gestiones que al efecto deban

realizarse y por el normal desarrollo del evento.

Art. 10 INFORME DESCRIPTIVO: La solicitud del permiso especial deberá contar

con un informe descriptivo sobre las características del evento a realizarse con detalle

de capacidad solicitada y la nómina de artistas que actuarán en el evento.

Asimismo se deberá acompañar:

  1. Certificado de inscripción en el Registro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR