Ley N° 476

FirmantesCaram-GÉ
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2004

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 476

DECLÁRASE INNECESARIO PARA LA GESTIÓN DEL G.C.B.A. LA FRACCIÓN DE TERRENO UBICADA EN PUEBLO DE BOULEVARD ATLANTICO DEL PARTIDO DE ALVARADO, MAR DEL SUD, PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Buenos Aires, 05/08/2004

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Declárase innecesario para la gestión del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la fracción de terreno ubicada en Pueblo de Boulevard Atlántico del Partido de General Alvarado, Mar del Sud, Provincia de Buenos Aires, denominado Lote 11 de la Manzana 94, con una superficie de 374,98 m2, inscripto en la Matrícula N° 30.807, Nomenclatura Catastral: Circunscripción VI, Sección D, Manzana 312, Parcela 24.

Art. 2°

Autorízase la venta en subasta pública del inmueble indicado en el artículo primero, la cual habrá de realizarse por intermedio del Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 3°

La presente Ley será reglamentada dentro de los ciento ochenta (180) días a partir de su promulgación.

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