Ley N° 469

Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 8 de Septiembre de 2000

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 469

PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO SUBTERRANEO. AUTORÍZASE LA CONSTRUCCIÓN DE PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO. APRUÉBASE EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA

Buenos Aires, 08/09/2000

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD

AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Autorízase la construcción de las Playas de Estacionamiento Subterráneo que se detallan en el ANEXO 1 de la presente Ley.

Art. 2°

Apruébase el llamado a Licitación Pública para la construcción y concesión de cada una de las playas de estacionamiento subterráneo aprobadas en el Anexo I. El plazo para la concesión de su explotación debe ser de un máximo de 20 (veinte) años y el monto del canon a aplicar debe ser representativo de la rentabilidad de los emprendimientos. En virtud de ello, el Poder Ejecutivo podrá agrupar las propuestas, garantizando la pluralidad de adjudicatarios.

Art. 3°

Los pliegos de la concesión deben garantizar la preservación de la fisonomía de los espacios públicos mencionados en el Anexo I, previéndose que las obras no afecten la vegetación y las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas.

Art. 4°

El Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires remitirá a esta Legislatura los estudios de impacto ambiental que contendrán, en forma pormenorizada, los aspectos contemplados en la siguiente lista enunciativa:

  1. Defensa y conservación del arbolado existente.

  2. Defensa y conservación de la carpeta de césped, canteros, obras de arte, monumentos y diseño general del espacio público afectado.

  3. Identificación, conservación y/o rescate del patrimonio arqueológico urbano subyacente.

  4. Evaluación de los potenciales efectos contaminantes de la actividad y medidas de mitigación durante su ejecución y funcionamiento.

  5. Estudios de factibilidad y simulaciones de tránsito y transporte.

  6. Mecanismos de consulta permanente a los vecinos interesados.

  7. Otros que el organismo competente considere necesarios.

Art. 5°

Comuníquese, etc.

CARAM

Rubén Gé

LEY N° 469

..

ANEXO I

DENOMINACION Y ARTERIAS PERIMETRALES

  1. -PLAZA ALBERTI - O'Higgins, F.D. Roosevelt, Manuel Ugarte, Arcos.

  2. -PLAZA MONSEÑOR MIGUEL D'ANDREA - Avda. Córdoba, Jean Jaurés, Anchorena, Cabrera, Paraguay.

  3. - PLAZA BALCARCE - Av. Cabildo, Manzanares, Vuelta de Obligado, Jaramillo

  4. -PLAZA NORUEGA - Amenábar, Mendoza, Ciudad de la Paz, Juramento.

  5. -PLAZA JUAN...

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