Ley N° 425

FirmantesCaram-GÉ
Jefe de GobiernoEnrique Olivera
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición29 de Junio de 2000

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 425

PRORROGA LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 306, QUE PRORROGÓ LOS PLAZOS DE LA LEY N° 159 DE SUSPENSIÓN DEL COBRO DE TRIBUTOS, DIFERENCIAS POR AVALÚO, IMPUESTOS, TASAS, CONTRIBUCIONES, DERECHOS DE DELINEACIÓN Y CONSTRUCCIONES E INTIMACIONES DE PAGO A CLUBES, ASOCIACIONES CIVILES SIN FINES DE LUCRO E INSTITUCIONES SIMILARES DE CARÁCTER DEPORTIVO, Y DISPUSO SU REEMPADRONAMIENTO.

Buenos Aires, 29/06/2000

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°

Prorróganse los plazos establecidos en el artículo 1° de la Ley N° 306 por el término de ciento ochenta (180) días, a partir de sus respectivos vencimientos.

Art. 2° - A los efectos de realizar el reempadronamiento establecido en el artículo 2° de la Ley N° 159, el Poder Ejecutivo, a través de la...

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