Ley Nº 4483/12
Firmantes | Ritondo - Pérez |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 20 de Diciembre de 2012 |
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley
el parágrafo 10.1.3 Formas de Protección de la Sección 10 Protección Patrimonial del
Código de Planeamiento Urbano al Sector "El Zanjón de Granados", Circunscripción
13, Sección 2, Manzana 037, Parcela 004 C.
del Sector "El Zanjón de Granados" identificado catastralmente en el artículo 1°, y al
derecho real de servidumbre de paso perpetua en profundidad, inscripto en el Registro
de la Propiedad Inmueble con fecha 24 de mayo de 2000 bajo el título "Ampliación de
servidumbre y modificación" con la matrícula FR 13-1622 y a los remanentes de
túneles no incluidas en las misma hasta la calle Defensa, correspondiente a la Parcela
031 de la Manzana 037, Sección 2, Circunscripción 13.
la Sección 10 del Código de Planeamiento Urbano, respecto del nivel de protección de
los inmuebles que se detallan a continuación:
Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 037, Parcelas 030 INTEGRAL
Circunscripción 13, Sección 2, Manzana 45, Parcela 009 A INTEGRAL
Alumbrado, Barrido y Limpieza a las parcelas identificadas en los artículos 1° y 2°.
parcela 031 de la Manzana 037, Sección 2, Circunscripción 13 donde se constituye el
derecho real de servidumbre de paso perpetua en profundidad, inscripto en el Registro
de la Propiedad Inmueble con fecha 24 de mayo de 2000 bajo el título "Ampliación de
servidumbre y modificación" con la matrícula FR 13-1622.
dependiente de la Comisión para la Preservación del Patrimonio Histórico Cultural de
establecer las prestaciones a realizar por parte del complejo "El Zanjón de Granados -
Casa...
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