Ley N° 1234

FirmantesCaram-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2003

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1234

DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL PREDIO UBICADO EN LA CALLE MARIO BRAVO 228/230, EL QUE SERÁ ANEXADO A LA ESCUELA N° 18 DE 2, ALEJANDRO CARBO - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN - INMUEBLES - ANEXO - ESCUELA PRIMARIA

Buenos Aires, 04/12/2003

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Declárese de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio ubicado en la calle Mario Bravo 228/230, entre las calles Tte. Gral. Perón y Av. Díaz Vélez de la Ciudad de Buenos Aires, denominado catastralmente Circunscripción 9, Sección 13, Manzana 3, Parcelas 36 y 37.

Artículo 2°

El mencionado predio será anexado a la Escuela Primaria N° 18 del D.E. 2° Alejandro Carbó, sita en Mario Bravo 234.

Artículo 3°

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del año 2004.

Artículo 4°

Comuníquese, etc.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.234 (Expediente N° 79.120/03), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 4 de diciembre de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el...

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