Ley N° 3018

FirmantesSantilli-Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Marzo de 2009

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 3018

APRUEBA CONVENIO URBANÍSTICO - SUSCRIPTO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y NOEMÍ CORVALÁN Y MARJAN GRUM INMUEBLE SITO CALLE GARIBALDI 1429 - INCORPORA AL INMUEBLE CITADO AL LOSTADO DE INMUEBLES CATALOGADOS - CATALOGACIÓN NIVEL DE PROTECCIÓN ESTRUCTURAL

Buenos Aires, 05/03/2009

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1° Apruébase el Convenio Urbanístico suscripto entre el Gobierno de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los señores Noemí Beatriz Corvalán (D.N.I.

5.295.691) y Marjan Grum (D.N.I. 93.676.757), propietarios del inmueble sito en la calle Garibaldi 1429 de la Ciudad de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte de la

presente.

Art 2° Incorpórase al “Listado de Inmuebles Catalogados” del Capítulo 10.3.

Catalogación”, el inmueble mencionado en el artículo 1°, identificado catastralmente

como Circunscripción 4, Sección 10, Manzana 110, Parcela 24, con Nivel de Protección

“Estructural

.

Art 3°

El Poder Ejecutivo deberá asentar en la Documentación Catastral.

correspondiente, la catalogación establecida por el Artículo 2°.

Art 4° La Ficha de Catalogación N° 10-110-24 constituye, en copia certificada, el Anexo II que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Ley.
Art. 5° Comuníquese, etc.

ANEXOS

El Anexo puede consultarse en la Separata BOCBA 3156

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