Ley N° 2957

FirmantesSantilli-Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 4 de Diciembre de 2008

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2957

CREA EL PLAN MARCO DE POLÍTICAS DE DERECHOS Y DIVERSIDAD SEXUAL - DERECHOS HUMANOS DE GAYS, LESBIANAS, TRAVESTIS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES - INTEGRACIÓN A LA SOCIEDAD CIVIL PARA LA NO DISCRIMINACIÓN POR ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO - CREA EL CONSEJO CONSULTIVO ASESOR HONORARIO

Buenos Aires, 04/12/2008

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY

LEY PLAN MARCO DE POLITICAS DE DERECHOS Y DIVERSIDAD SEXUAL

Artículo 1°

Créase el “Plan Marco de Políticas de Derechos y Diversidad Sexual“, en el ámbito de la Subsecretaría de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o del organismo que en el futuro asuma sus competencias, con la finalidad de promover la construcción de una ciudadanía plena, sin discriminación con pretexto de la orientación sexual o la identidad de género de las personas.

Art. 2° Serán objetivos del plan que se crea por la presente Ley, los siguientes:
  1. Elaborar, articular y ejecutar políticas públicas tendientes a remover obstáculos que limiten el ejercicio de derechos a las personas con pretexto de su orientación sexual e identidad de género, promoviendo la defensa y el goce de sus derechos para su desarrollo...

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