Ley N° 2880

FirmantesSantilli-Pérez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Octubre de 2008

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2880

MODIFICA EL ARTÍCULO 3°, INCISO 22 DE LA LEY 2.569, TEXTO ORDENADO DEL CÓDIGO FISCAL 2008 - FACULTADES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Buenos Aires, 16/10/2008

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESSANCIONA CON FUERZA DELEY

Artículo 1° Modifícase el inciso 22 del artículo 3° del Anexo I de la Ley N° 2569, Código Fiscal 2008, T.O. mediante Decreto N° 651/08, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 3.- Facultades de la Dirección General: En ejercicio de su competencia la Dirección General está facultada para:

22. Acordar planes de facilidades de carácter general para el pago de las deudas vencidas de impuestos, tasas, derechos y contribuciones y sus respectivos intereses, cuando su monto total no exceda el importe de nueve mil pesos ($ 9.000.-), pudiendo condonar los intereses resarcitorios por pago al contado y...

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