Ley N° 2622

FirmantesDe Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2007

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2622

ASOCIACIÓN ATLÉTICA ARGENTINOS JUNIORS - SE LE CONDONA LA DEUDA - CONVENIO - CARLOS CASTAGNETTO MARINO - DEVOLUCIÓN DE INMUEBLE - PRÓRROGA - USO GRATUITO - BAJO TRIBUNA - ESTADIO DIEGO ARMANDO MARADONA - EMEM N° 2 DE 14 - COMODATO

Buenos Aires, 06/12/2007

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Condónase la deuda que registra la Asociación Atlética Argentinos Juniors con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el convenio celebrado con el Poder Ejecutivo y que obra en los autos caratulados Castagnetto Marini, Carlos Augusto c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires s/Devolución de Inmueble Expediente N° 58.122/91 que tramita por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 18.

Artículo 2°

La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la respectiva deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3°

Si correspondiera, los beneficiarios se harán cargo de las costas y costos del juicio.

Artículo 4°

La presente condonación posee el cargo de que en el plazo de noventa (90) días corridos a partir de la sanción de la presente, la Asociación Atlética Argentinos Juniors prorrogue hasta el año 2100 el comodato celebrado con fecha 20/12/04 con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual otorga el uso gratuito del bajo tribuna ubicado en el Estadio Diego Armando Maradona, donde funciona la Escuela EMEM N° 2, D.E. 14.

Artículo 5°

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes al Ejercicio 2008.

Artículo 6°

Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 18 de enero de 2008.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 2.622 (Expediente N° 95.637/07), sancionada por la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR