Ley N° 2571

FirmantesDe Estrada - Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2007

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2571

LEY DE PRESUPUESTO - EJERCICIO 2.008 - AÑO 2008 - GASTOS - RECURSOS - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - APROBACIÓN

Buenos Aires, 05/12/2007

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Fíjanse en la suma de pesos trece mil ochenta y tres millones quinientos noventa y un mil quinientos setenta ($ 13.083.591.570) los Gastos Corrientes y de Capital del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2008, de acuerdo con la distribución que se detalla en las Planillas Anexas N° 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y su modificatoria Planilla 45. La distribución por finalidades es la siguiente:

Finalidad

Gastos corrientes

Gastos de capital

Total

Administración Gubernamental

1.440.595.034

187.653.693

1.628.246.727

Servicios de Seguridad

503.997.088

116.529.820

620.626.908

Servicios Sociales

6.645.545.223

1.531.027.753

8.376.572.976

Servicios Económicos

1.146.283.453

1.159.061.506

2.305.344.959

Deuda Pública

152.898.000

0

152.898.000

Total Carácter Económico

10.089.318.798

2.994.272.772

13.083.591.571

Artículo 2°

Estímase en la suma de pesos once mil setecientos sesenta millones ($ 11.770.000.000) el Cálculo de Recursos de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinado a atender los gastos fijados por el precedente artículo 1°, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en las Planillas Anexas N° 10, 11 y su modificatoria Planilla 46.

Ingresos Corrientes

11.535.220.000

Recursos de Capital

234.780.000

Total:

11.770.000.000

Artículo 3°

Estímanse en la suma de pesos ochocientos treinta y un millones ciento cincuenta y un mil quince ($ 831.151.015) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos para transacciones corrientes y de capital de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando, en consecuencia, establecido el financiamiento por Contribuciones Figurativas de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la misma suma, según el detalle que figura en las Planillas Anexas N° 12 y 13.

Artículo 4°

Apruébense las Fuentes de Financiamiento y Aplicaciones Financieras que se indican a continuación y cuyo detalle figura en las Planillas Anexas N° 14 y 15:

Fuentes Financieras

1.752.948.110

Disminución de la Inversión Financiera

0

Endeudamiento Público e incremento de Otros Pasivos

1.752.948.110

Aplicaciones Financieras

439.356.540

Incremento de la Inversión Financiera

77.578.356

Amortización de la Deuda y Disminución de Otros Pasivos

361.778.184

Artículo 5°

Detállase el Esquema de Ahorro, Inversión y Financiamiento en la Planilla Anexa N° 16.

Artículo 6°

Detállase la dotación de cargos por Jurisdicción en la Planilla Anexa N° 17.

TÍTULO IPRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Artículo 7°

Detállanse los importes correspondientes al Presupuesto de la Administración Central en las Planillas Anexas N° 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29.

TÍTULO IIPRESUPUESTO DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOSY ENTIDADES AUTÁRQUICAS

Artículo 8°

Detállanse los importes correspondientes al Presupuesto de los Organismos Descentralizados y Entidades Autárquicas en las Planillas Anexas 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38 y 39.

TÍTULO IIIDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 9°

Detállase la deuda pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al 30 de junio de 2007, en las Planillas Anexas N° 40 y 41.Artículo 10 - Detállanse los flujos de caja de la deuda pública, divididos por instrumento financiero, conforme a las disposiciones de la Ley N° 1.009 en las Planillas Anexas N° 42 y 43.Artículo 11 - Facúltase al Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma...

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