Ley N 3568/10

FirmantesMoscariello - P
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición30 de Septiembre de 2010

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N 3568/10SE ESTABLECE LA APROBACIÓN DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2.148 - PARA CAMBIOS EN LAS LÍNEAS DE COLECTIVO DE PASAJEROS - PROLONGACIÓN - CAMBIO - SUPRESIÓN - NUEVO RECORRIDO - LÍNEA DE AUTOTRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS - MODIFICACIÓN - COLECTIVOS - REQUISITO - NORMA APROBATORIA - RESOLUCIÓN

Buenos Aires, 30 de septiembre de 2010

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Toda prolongación, cambio, supresión o nuevo recorrido de cualquier línea de autotransporte colectivo de pasajeros que se opere dentro del territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe contar como requisito para su efectiva entrada en vigencia con la aprobación por resolución de la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 2°.- La presente Ley entra en vigencia el día hábil siguiente a su publicación.

Art. 3°.- Comuníquese, etc. Moscariello - Pérez

Buenos Aires, 3 de noviembre de 2010

En virtud de...

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