Ley N 3551/10

FirmantesMoscariello - P
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2010

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N 3551/10CATALOGACIÓN DE INMUEBLES - NIVEL DE PROTECCIÓN - CÓDIGO DE PLANEMIENTO URBANO - AV PEDRO DE MENDOZA - VALLE VESPUCIO - MAGALLANES - ENSANCHE - ENTRE NECOCHEA E IRALA - SUPRESIÓN - RED DE TRÁNSITO PESADO - CAUTELAR - ESTRUCTURAL

Buenos Aires, 02 de septiembre de 2010

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1° Catalóganse, con los correspondientes niveles de protección, los inmuebles consignados a continuación, en los términos del Artículo 10.3.3 del Capítulo 10.3 “Catalogación“ del Código de Planeamiento Urbano, pertenecientes a la Comuna 4:

Ver imagen 1

Art. 2° Déjase sin efecto el ensanche de la Av

Pedro de Mendoza, entre las calles Necochea e Irala, parágrafo N° 6.1.2 del Código de Planeamiento Urbano, establecido por la Ordenanza N° 23.475 (Boletín Oficial N° 13.265),

Art. 3° Suprímase el tramo mencionado en el Art. 2° de la Lista II “Orden de prioridad de aperturas, ensanches y rectificación de calles“ de la Ordenanza 23.475.
Art. 4° Elimínase la Av

Don Pedro de Mendoza entre Necochea e Irala del Listado de Arterias Integrantes de la Red de Tránsito Pesado que constituye el Anexo I de la Ley N° 216, contenido en la Sección 6 del Código de Planeamiento Urbano.

Art. 5° Incorpóranse los inmuebles catalogados por el Art. 1° al Catálogo previsto en el Capítulo 10.3.Catalogación del Código de Planeamiento...

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