Ley N° 2138

FirmantesDe-Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 2138

DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN A DISTINTOS BIENES MUEBLES - COOPERATIVA DE TRABAJO TEXTIL CERES LIMITADA - EX TRABAJADORES DE LA EMPRESA FACYA S.A.I.C - COMODATO

Buenos Aires, 09/11/2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles existentes en el Anexo I hasta el monto de pesos cincuenta mil ($ 50.000) en moneda constante.

Artículo 2°

Los mencionados bienes deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo Textil Ceres Limitada formada por los ex trabajadores de la empresa Facya S.A.I.C.

Artículo 3°

La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la Ley N° 238.

Artículo 4°

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo los bienes a expropiar con la condición que la entidad continúe con su actividad.

Artículo 5°

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ejercicio 2007.

Artículo 6°

El Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días de promulgada la presente ley, iniciará el proceso expropiatorio.

Artículo 7°

Comuníquese, etc.

ANEXOS

ANEXO

[Ver imagen 1]

Los adjuntos a este documento pueden ser accedidos en formato gráfico (PDF)

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR