Ley N° 2123
Firmantes | De-Estrada-Bello |
Jefe de Gobierno | Jorge Telerman |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Octubre de 2006 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 2123
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN A DISTINTOS BIENES MUEBLES - COOPERATIVA LA MOCITA - EX TRABAJADORES DE LA EMPRESA CARLOS RAMÓN ARIETTI
Buenos Aires, 26/10/2006
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación los bienes muebles enumerados en el Anexo I hasta el monto de pesos cien mil ($ 100.000) en moneda constante.
Los mencionados bienes muebles deben ser destinados al funcionamiento de la Cooperativa de Trabajo La Mocita Limitada formada por los ex trabajadores de la empresa Carlos Ramón Arietti.
La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a lo establecido por el art. 10 de la Ley N° 238.
La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cede en comodato a la Cooperativa de Trabajo los bienes a expropiar con la condición que la entidad continúe con la actividad que desarrollaba.
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley deben ser imputados a la partida presupuestaria correspondiente al presupuesto general de gastos y cálculos de los recursos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del Ejercicio 2007.
El Poder Ejecutivo, a los treinta (30) días de promulgada la presente ley, iniciará el proceso expropiatorio.
Comuníquese, etc.
ANEXOS
ANEXO
[Ver imagen 1]
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