Ley N° 1944

FirmantesDe Estrada-Bello
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Abril de 2006

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1944

MODIFICA LA LEY N° 1.207. ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD, PARA LOS SUPERMERCADOS, SUPERMERCADOS TOTALES, HIPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS, DE EXHIBIR EL LISTADO DE PRECIOS DE LOS PRODUCTOS QUE CONFORMAN LA CANASTA BÁSICA ALIMENTARIA PUBLICADA POR EL INDEC, EN FORMA ACTUALIZADA Y COINCIDENTE CON LOS EXHIBIDOS EN LAS GÓNDOLAS.

Buenos Aires, 27/04/2006

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Agréguese al art. 1°) de la Ley N° 1.207 el inciso g) que quedará redactado de la siguiente manera:

g) Exhibir al ingreso de los establecimientos, el listado de precios, sobre cada artículo, producto o grupo de una misma mercadería, sin considerar los productos en oferta, que conforma la canasta básica alimentaria publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC). Este listado debe ser exhibido de manera clara, visible y legible y actualizado permanentemente a fin que los precios coincidan con los exhibidos en las góndolas.

Artículo 2°

Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 6 de junio de 2006.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.944 (Expediente N° 27.665/06)...

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