Ley N° 1880

FirmantesDe Estrada - Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 6 de Diciembre de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1880

CONDONACIÓN DE LA DEUDA QUE EL CLUB ATLÉTICO NUESTRO BUENOS AIRES (CANBA) MANTIENE EN CONCEPTO DE ALUMBRADO, BARRIDO Y LIMPIEZA, PAVIMENTOS Y ACERAS Y CONTRIBUCIÓN LEY N° 23.514 Y AVALÚO RESPECTO DEL INMUEBLE SITO EN LA CALLE SAN BLAS 4577. ABL

Buenos Aires, 06/12/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

Condónase la deuda que el Club Atlético "Nuestro Buenos Aires" (C.A.N.B.A.) mantiene con el Gobierno de la Ciudad, en concepto de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Pavimentos y Aceras y Contribución Ley N° 23.514 así como su avalúo, respecto al inmueble sito en la calle San Blas 4577, identificado con la Partida N° 0308282.

Artículo 2°

A los fines de la vigencia del artículo 1° de la presente ley la existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Artículo 3°

Si correspondiera, el beneficiario se hará cargo de las costas y costos por el reclamo judicial iniciado.

Artículo 4°

Comuníquese, etc.

Buenos Aires, 16 de enero de 2006.

En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 8° del Decreto N° 2.343/98, certifico que la Ley N° 1.880 (Expediente N° 89.924/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 6 de diciembre de 2005 ha quedado automáticamente promulgada el día 12 de enero de 2006.

Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la...

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