Ley N° 1797

FirmantesDe Estrada-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Septiembre de 2005

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1797

ESTABLECE QUE EL PODER EJECUTIVO PROCEDERÁ A ABONAR A AGUAS ARGENTINAS SA LA DEUDA DE LA ASOCIACIÓN MUTUAL COLONIA SOLÁ - INMUEBLE - CALLE AUSTRALIA 2725-2737-2751-2777 - PEDRIEL 1046 -1050 - SANTA - ESTACIÓN SOLÁ - INSTITUTO DE LA VIVIENDA - PAGO DE DEUDAS

Buenos Aires, 22/09/2005

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

El Poder Ejecutivo procederá en el marco de la Ley N° 459, a abonar a la empresa Aguas Argentinas S.A. (cuenta contrato 2751) la deuda que con dicha empresa mantiene la Asociación Mutual Colonia Sola, por el inmueble sito en la calle Australia 2725/2737/2751/2777 esquina Pedriel 1046/1050 y Santa Elena jurisdicción de la Estación Sola -ex Línea Roca- del Barrio de Barracas y nomenclado catastralmente como Circunscripción III, Sección 18, Manzana 11, Fracción B, Partida 0115582.

Artículo 2°

La Asociación Mutual Colonia Sola no debe efectuar ningún tipo de contraprestación al G.C.B.A. con relación al beneficio otorgado por el artículo 1° de la presente ley .

Artículo 3°

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados hasta la suma de seiscientos cincuenta mil pesos ($ 650.000) a la partida 20.375.70-5 Instituto de Vivienda -Colonia Sola- Transferencias- correspondiente al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de...

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