Ley N° 1413
Firmantes | De-Estrada-Alemany |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 12 de Agosto de 2004 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 1413
INCORPORA LOS ARTÍCULOS 29 Y 30 A LA LEY N° 1.194, B.O. N° 1850 EXPEDIENTE N° 53.112/04. - PRESUPUESTO 2004 - PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACIÓN DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD - DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO - PARTIDAS PRESUPUESTARIAS - PUBLICACIÓN TRIMESTRAL - PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL - LISTADO DE CONTRATOS DE OBRA PÚBLICA - OBRAS PÚBLICAS - CERTIFICADOS FINALES DE OBRA - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE OBRA - CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS - PUBLICACIÓN OBLIGATORIA
Buenos Aires, 12/08/2004
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de
Ley:
Incorpórase el artículo 29 a la Ley N° 1.194, el que queda redactado de la siguiente manera:
El Poder Ejecutivo publicará trimestralmente en el Boletín Oficial, el listado de las obras públicas iniciadas y de las terminadas durante el trimestre como así también la enumeración, monto y destinatarios de los certificados finales de obra abonados en ese período.
Incorpórase el artículo 30 a la Ley N° 1.194, el que queda redactado de la siguiente manera:
Los órganos de gobierno, organismos de control y organismos descentralizados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deben remitir trimestralmente para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, un listado que detalle el nombre, el monto, tiempo de locación y funciones de las personas físicas contratadas para prestar servicios técnicos, profesionales u operativos.
La presente Ley entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Comuníquese, etc.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.413 (Expediente N° 53.112/04)...
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