Ley Nº 13.835 de 07 de Julio de 2008

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

ARTICULO 1º

Deróganse los artículos , , , 11 y 12 de la Ley 13.593.

ARTICULO 2º

Facúltase al Poder Ejecutivo, autoridad competente conforme la Ley 12.704, a autorizar la remodelación de los estadios de fútbol en las fracciones de terreno, cuyo uso precario detentan los Clubes Estudiantes de La Plata y Gimnasia y Esgrima La Plata, instalados en el predio de dominio público municipal denominado "Reserva Parque-Paseo del Bosque", comprendido entre las calles 50 hasta 60 y 1 hasta 122 de la ciudad y partido de La Plata, en los términos de la citada Ley.

ARTICULO 3º

Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los once días del mes de junio de dos mil ocho.

Horacio Ramiro González Alberto Edgardo Balestrini

Presidente H. C. Diputados Presidente H. Senado

Manuel Eduardo Isasi Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. Senado

H. C. Diputados

DECRETO 1.381

La Plata, 7 de julio de 2008.

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y Boletín Oficial y archívese.-

Alberto Pérez Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura Gobernador

de Gabinete y Gobierno

REGISTRADA bajo el número TRECE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO (13.835).

Mariano Carlos Cervellini

Subsecretario Legal, Técnico y de

Asuntos Legislativos de la Gobernación

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