Ley N° 1213

FirmantesCaram-Alemany
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición27 de Noviembre de 2003

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

LEY N° 1213

ESTABLECE QUE EL PODER EJECUTIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES ENTREGUE UN SUBSIDIO A LA PARROQUIA SAN JUAN EVANGELISTA PARA LA REPARACIÓN DE FACHADAS C.E. N° 78.078/03. - OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS - CALLE OLAVARRÍA 486

Buenos Aires, 27/11/2003

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley:

Artículo 1°

El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires arbitrará la entrega de la suma de $ 50.000 (pesos cincuenta mil) para ser afectada a la reparación de las fachadas de la Parroquia San Juan Evangelista, sita en la calle Olavarría 486 de esta ciudad, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días de sancionada la presente Ley.

Artículo 2°

La Parroquia San Juan Evangelista deberá acreditar la inversión de los fondos entregados por el Art. 1°, conforme artículo 17 de la Ordenanza N° 23.767, modificado por la Ordenanza N° 45.989 (B.M. N° 19.455).

Artículo 3°

La Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires arbitrará las medidas presupuestarias necesarias a...

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