Ley Nº 10628 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor14 de Junio de 2019
EmisorPoder Ejecutivo
VIERNES 14 DE JUNIO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 113
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10628
Artículo 1º.- Adhiérese la Provincia de Córdoba a la Ley Nacional Nº
27499 - Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las
Personas que integran los Tres Poderes del Estado-.
Artículo 2º.- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos o el orga-
nismo que lo sustituyere es la Autoridad de Aplicación de la Presente Ley.
Artículo 3º.- Invítase a los municipios y comunas de la Provincia de
Córdoba a adherir a la presente Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE
MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.
FDO: MARIANO JORGE CAGNOLO, PROSECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLA-
TURA PROVINCIA DE CÓRDOBA / DANIEL ALEJANDRO PASSERINI, VICEPRE-
PODER EJECUTIVO
Ley Nº 10628 ...................................................................... Pág. 1
Decreto Nº 644 .................................................................... Pág. 1
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE EMPLEO
Resolución N° 551 ............................................................... Pág. 1
CAJA DE JUBILACIONES, PENSIONES Y RETIROS DE CORDOBA
Resolución N° 130 - Letra:F ................................................ Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución N° 21 ................................................................. Pág. 2
SIDENTE, LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Decreto N° 644
Córdoba, 28 de mayo de 2019
Téngase por Ley de la Provincia Nº 10628 cúmplase, protocolícese, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial, archívese.
FDO. JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR – DR. JUAN MARTIN FARFAN, MINIS-
TRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS – JORGE EDUARDO CORDOBA,
FISCAL DE ESTADO
SECRETARIA DE EQUIDAD Y PROMOCIÓN DE
EMPLEO
Resolución N° 551
Córdoba, 10 de junio de 2019
VISTO: El Decreto N° 321/19, por el cual se crea el Programa Provincial de
Fortalecimiento de la Economía Popular.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud del Decreto de “Vistos” se ha creado el Programa Provin-
cial de Fortalecimiento de la Economía Popular con el objeto promover la
inserción productiva y laboral de las organizaciones y personas que con-
forman la Economía Popular, a través del fomento de una política pública
que favorezca sus habilidades y capacidades productivas necesarias para
generar autoempleo, gestionar sus emprendimientos y facilitar su partici-
pación activa dentro del sistema de compras y contrataciones del Estado
Provincial.
Que el Programa en cuestión tiene por objetivo promover la inserción
productiva y laboral, de desarrollo y de formalidad de las organizaciones
y personas de la denominada “Economía Popular” que particularmente
caracteriza la situación de trabajadores cooperativistas, informales, au-
to-gestionados, micro-emprendedores, así como también de los trabajado-
res ocasionales, de “changas” e, incluso desocupados, y sus respectivos
núcleos familiares, generalmente excluidos de la economía formal.
Que el “Programa Provincial de Fortalecimiento de la Economía Po-
pular” prevé el otorgamiento de benecios para aquellas personas y aso-
ciaciones que integren unidades productivas de la Economía Popular y se
inscriban de forma electrónica en el “Registro Provincial de la Economía
Popular”.
Que en virtud del artículo 6° del citado Decreto N° 321/19, la Secre-
taría de Equidad y Promoción del Empleo reviste el carácter de Autoridad
de Aplicación del Programa de que se trata, ostentando las competencias
para denir los principios ordenadores de las acciones y proyectos com-
prendidos en el Programa, las metas y objetivos a alcanzar y los criterios

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