Ley Nº 10373 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorPoder Ejecutivo
LUNES 26 DE SETIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXI - Nº 188
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER EJECUTIVO
Ley Nº 10373 ...................................................................... Pag. 1
Decreto Nº 1282 ................................................................ Pag. 1
Decreto Nº 1292 ................................................................ Pag. 1
Decreto Nº 1283 ................................................................ Pag. 2
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA
Resolución N° 60 ................................................................ Pag. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución N° 38 ................................................................ Pag. 3
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 45 ................................................. Pag. 3
Resolución General N° 44 ................................................. Pag. 5
Resolución General N° 42 ................................................. Pag. 7
Resolución General N° 41 ................................................. Pag. 9
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION SECUNDARIA
Planilla General de Aprobados ......................................... Pag. 11
PODER EJECUTIVO
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10373
Artículo 1º.- Apruébase el Convenio Marco celebrado entre la Provin-
cia de Córdoba, representada por la Dirección General de Estadística y
Censos dependiente de la Secretaría de Fortalecimiento Institucional de la
Secretaría General de la Gobernación, y el Instituto Nacional de Estadísti-
cas y Censos (INDEC), con fecha 20 de abril de 2016, que fuera aprobado
por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 688 del 9 de junio de 2016,
mediante el cual se acuerdan acciones a desarrollar a n de llevar adelante
el Programa de Estadística 2016.
El Convenio y su Decreto aprobatorio, compuestos de nueve fojas útiles,
forman parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL,
EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE
SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
FDO: OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ, PRESIDENTE PROVISORIO / GUILLERMO CAR-
LOS ARIAS, SECRETARIO LEGISLATIVO
ANEXO: https://goo.gl/XDnYYG
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1282
Córdoba, 19 de Setiembre de 2016
TÉNGASE por Ley de la Provincia N° 10373, cúmplase, comuníquese, pu-
blíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GE-
NERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ES-
TADO
Decreto N° 1292
Córdoba, 19 de Setiembre de 2016
VISTO: la solicitud efectuada por la Dirección del Liceo Militar “General
Paz” -Ejército Argentino-.
Y CONSIDERANDO:
Que en los presentes actuados el señor Director del Liceo Militar “Ge-
neral Paz” Coronel Juan José COLLINS , solicita la declaración de Interés
Provincial al evento denominado “Interliceos del Bicentenario” a realizarse
entre los días 16 al 20 de octubre del corriente año en nuestra ciudad.
Que es menester acceder a lo solicitado dada la importancia del en-
cuentro a realizarse; toda vez que el mismo tiene por nalidad reunir a la
familia liceísta en juegos culturales y deportivos del Bicentenario, al tiempo
que representa la mejor escuela de vida que enseña a la juventud los va-
lores y destrezas necesarios para ser buenos ciudadanos; como así tras-
cender puertas afuera integrando tan prestigiosa institución a la provincia y
demás organismos gubernamentales.

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