Ley N° 1034
Firmantes | Felgueras-Alemany |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 5 de Junio de 2003 |
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
LEY N° 1034
APRUEBA EL CONVENIO N° 42/02 CELEBRADO CON LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL)
Buenos Aires, 05/06/2003
LA LEGISLATURA DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Apruébase el Convenio N° 42/02, celebrado el 23 de octubre de 2002 con la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Comuníquese, etc.
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el Art. 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.034 (Expediente N° 35.453/2003), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 5 de junio de 2003, ha quedado automáticamente promulgada el día 30 de junio de 2003.
Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las secretarías de Desarrollo Social y de Gobierno y Control Comunal. TADEI
ANEXOS
CONVENIO N° 42/02
CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Entre la Administración Nacional de Seguridad Social, en adelante ANSES, con domicilio en avenida Córdoba 720 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por su Director Ejecutivo, señor Sergio Massa, por una parte; y por la otra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante GCBA, con domicilio en la Avenida de Mayo 525, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Jefe de Gobierno, Dr. Aníbal Ibarra, acuerdan en celebrar el presente Convenio Marco de Colaboración, sujeto a las siguientes Cláusulas:
Primera: el presente Convenio tiene por objeto implementar, en el ámbito del GCBA, los mecanismos administrativos necesarios para posibilitar el pronto confronte de partidas expedidas por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas y facilitar, de esa forma, la investigación llevada a cabo por la ANSES con motivo de beneficios otorgados sobre la base de...
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