Ley N° 10328

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 2 de Diciembre de 2015
LUNES 7 DE MARZO DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXV - Nº 48
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
PODER LEGISLATIVO
Ley N° 10328 ............................................. PAG.1
Decreto N° 1824 .......................................... PAG.1
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Resolucion N° 1 ......................................... PAG.2
Ministerio de Ciencia y Tecnologia
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION TECNICA Y ADM
Resolucion N° 1 ............................................ PAG.2
Ministerio de Finanzas
DIRECCION GENERAL ADMINISTRACION
Resolucion N° 113 ..................................... PAG.3
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
DIRECCION DE INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolucion N° 451 ....................................... PAG.3
Resolucion N° 452 ....................................... PAG.4
Resolucion N° 453 ....................................... PAG.4
Resolucion N° 454 ....................................... PAG.4
Resolucion N° 455 ....................................... PAG.5
Resolucion N° 456 ....................................... PAG.5
Resolucion N° 457 ....................................... PAG.5
Resolucion N° 459 ....................................... PAG.6
Resolucion N° 460 ....................................... PAG.6
Resolucion N° 461 ....................................... PAG.6
Resolucion N° 462 ....................................... PAG.7
Resolucion N° 463 ....................................... PAG.7
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 1824
Córdoba, 10 de diciembre de 2015
Téngase por Ley de la Provincia N° 10328, cúmplase, protocolícese, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Ocial y archívese. Fdo: JUAN SCHIA-
RETTI, Gobernador / Dr. Ing. Fabián LÓPEZ, Ministro de Agua, Ambiente y
Servicios Públicos / Jorge Eduardo Córdoba, Fiscal de Estado
La Legislatura de la Provincia de Córdoba
Sanciona con fuerza de
Ley: 10328
Artículo 1º.-Decláranse de utilidad pública y sujetos a expropiación
todos los inmuebles necesarios y convenientes para la ejecución
del Complejo Ambiental de Tratamiento, Valorización y Disposición
Final de los Residuos Urbanos del Área Metropolitana de Córdoba
y los pertinentes accesos, a localizarse entre las coordenadas que
se detallan en el Croquis Anexo a la presente.
Artículo 2º.- Las medidas lineales, angulares y de superficie
definitivas de los inmuebles descriptos en el artículo 1º de esta
Ley, serán las que resulten de las operaciones de mensura que se
realicen a los fines del cumplimiento de la presente de conformidad
a la individualización que realizará el Poder Ejecutivo.
Ar tículo 3º.-Los inmuebles declarados de utilidad pública y su-
jetos a expropiación en el artículo 1º de esta Ley ingresarán al do-
minio público de la Provincia y se inscribirán en el Registro General
de la Provincia de Córdoba.
Artículo 4º.- El Ministerio de Finanzas dispondrá lo pertinente
a fin de reflejar presupuestariamente lo establecido en la presente
Le y.
Artículo 5º.- Determínese como zona de restricción para el
establecimiento o desarrollo de emprendimientos inmobiliarios re-
sidenciales, complejos habitacionales o desarrollos urbanísticos
para residencia permanente o transitoria de población o casas ha-
bitacionales, sean públicas o privados, sobre las fracciones que se
extiendan en una franja de mil metros (1000 m) alrededor de todo
el perímetro de la zona determinada en el artículo 1º de la presente
Le y.
Ar tículo 6º.- Derógase la Ley Nº 10165.
Ar tículo 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PRO-
VINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS DOS DÍAS DEL
MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.- Fdo: ALICIA
MÓNICA PREGNO, VICEGOBERNADORA, PRESIDENTA, LEGIS-
LATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA / GUILLERMO CARLOS
ARIAS , SECRETARIO LEGISLATIVO, LEGISLATURA DE LA PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA
PODER LEGISLATIVO

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