LEY L-0968. Transporte aéreo internacional - tasa por servicios aeronáuticos (Antes Ley 20393)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaImpositivo
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación29 de Mayo de 1973
Fecha de Sanción16 de Mayo de 1973
Articulo 1

Facúltase al Poder Ejecutivo, cuando lo estimare conveniente, a emplear una divisa internacionalmente aceptada como medio de pago, en la Ley 13041 de tasas por Servicios Aeronáuticos que deban abonar aeronaves utilizadas en el transporte aéreo internacional.

Articulo 2

Las tasas aplicables serán percibidas en moneda argentina de curso legal, de acuerdo a la cotización oficial vigente en el período en que se efectúe el pago, según lo establezca la reglamentación de esta Ley.

Articulo 3

Facúltase al Poder Ejecutivo a dictar las normas complementarias que fueren necesarias para la aplicación de esta Ley.

LEY L-0968 TABLA DE ANTECEDENTES (Antes Ley 20393)

Articulo Texto Definitivo Fuente

1 Art. 1 texto original.

2 Art. 2 texto original.

3 Art. 3 texto original.

Artículos suprimidos

Art. 4, de forma.

REFERENCIAS EXTERNAS

Ley 13041

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