Ley J-3258. Acuerdo con la UNESO sobre la creación en Buenos Aires del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos (Antes Ley 26708)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaDiplomatico y Consular
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación22 de Diciembre de 2011
Fecha de Sanción30 de Noviembre de 2011
ARTÍCULO 1

– Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Argentina y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO – sobre la Creación en Buenos Aires, Argentina- del Centro Internacional para la Promoción de los Derechos Humanos, como Centro Categoría 2, suscripto en Buenos Aires el 13 de febrero de 2009, que consta de Veintiún (21) artículos, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante de la presente ley como Anexo I.

ARTICULO 2

– Créase el CENTRO INTERNACIONAL PARA LA PROMOCIÖN DE LOS DERECHOS HUMANOS (CIPDH), como entidad descentralizada en el ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, el que se organizará y regirá conforme a las disposiciones que constan en el documento de Veinticuatro (24) artículos, que forma parte integrante de la presente ley como Anexo II.

LEY J-3258

(Antes Ley 26708)

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