LEY I-0995. Consideracion de interes nacional de toda innovacion en materia televisiva (Antes Ley 20577)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaDe la comunicación
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación20 de Diciembre de 1973
Fecha de Sanción28 de Noviembre de 1973
Fecha de Promulgación14 de Diciembre de 1973

TEXTO DEFINITIVO LEY I-0995 (Antes Ley 20577) Sanción: 28/11/1973 Promulgación: 14/12/1973 Publicación: B.O. 20/12/1973

Actualización: 31/03/2013 Rama: de la Comunicación

CONSIDERACION DE INTERES NACIONAL DE TODA INNOVACION EN MATERIA TELEVISIVA

Artículo 1

Considérase de interés nacional toda innovación que pueda efectuarse en materia de sistemas de trasmisión de imágenes televisivas en todo el territorio de la República.

Artículo 2

El tipo de innovación a que hace referencia el artículo 1º deberá ser aprobado por ley del Congreso Nacional previo estudio de sus características técnicas y consecuencias económico-sociales.

LEY I-0995

(Antes Ley 20577)

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR