LEY H-0462. Funciones del defensor oficial ante la camara nacional de apelaciones de resistencia, chaco (Antes Decreto-Ley 11924/57)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación14 de Octubre de 1957
Fecha de Sanción30 de Septiembre de 1957
Artículo 1º

La defensa oficial en juicio, de los pobres, ausentes e incapaces, se hará ante la Cámara Nacional de Apelaciones de Resistencia (Chaco), por el señor Defensor Oficial del Juzgado Nacional de Primera Instancia de esa ciudad.

LEY H-0462

(Antes Decreto-Ley 11924/57)

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