LEY H-1441. Derecho de usar la bandera nacional por el gobierno nacional, gobierno principal y particulares. (Antes Ley 23208)

Fecha de Última Modificación31/03/2013
RamaConstitucional
Rango de LeyLey
Fecha de Publicación20 de Agosto de 1985
Fecha de Sanción25 de Julio de 1985
Fecha de Promulgación16 de Agosto de 1985

TEXTO DEFINITIVO LEY H-1441 (Antes Ley 23208) Sanción: 25/07/1985 Promulgación: 16/08/1985 Publicación: B.O. 20/08/1985

Actualización: 31/03/2013 Rama: H - Constitucional

DERECHO DE USAR LA BANDERA NACIONAL POR EL GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNO PRINCIPAL Y PARTICULARES.

Artículo 1

Tienen derecho a usar la Bandera Oficial de la Nación, el Gobierno Federal, los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, así como también los particulares, debiéndosele rendir siempre el condigno respeto y honor.

LEY H-1441

(Antes Ley 23208) TABLA DE ANTECEDENTES

Artículo del texto definitivo Fuente

1 Se eliminó la mención a “y del Territorio Nacional de la Tierra del

Fuego, Antártida e Islas del Atlántico

Sur”Convertido en Provincia por Ley 23775 y se agregó “la Ciudad de

Buenos Aires”(Conforme art. 129 CN).

Artículos Suprimidos:

Art. 2° objeto cumplido.

Art. 3°, de forma, suprimido.

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